Sat Tarjetas de Crédito

Fiscalización uso de Tarjetas de Crédito y la Facturación Instantánea en pagos con tarjeta

Circulan varias cadenas e información en internet sobre la fiscalización del uso de tarjeta de crédito por parte del SAT, lo que ha generado dudas y alarma entre los contribuyentes.

Sat Tarjetas de Crédito
Sat fiscaliza tarjetas de crédito

Lo cierto es que el SAT anunció que a partir del 2020 los contribuyentes al pagar con tarjeta en una Terminal Punto de Venta, podrán obtener sus facturas de forma instantánea, para esto el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) se asociará con la tarjeta bancaria para integrar el proceso de pago con el proceso de facturación y el comprobante correspondiente se imprimirá un código QR donde estará la factura sin tener que dar ningún dato adicional. Esto pretende simplificar el proceso tanto para el contribuyente como para el comercio que emite la factura.

FISCALIZACIÓN DE LAS CUENTAS BANCARIAS

A pesar de los rumores que circulan y han alarmado a la ciudadanía, este cambio no significa que vaya a haber más fiscalización al uso de tarjetas bancarias, ya que esto existe desde hace más de 10 años.

Todos los pagos que se realizan con tarjeta ya son fiscalizados por las autoridades, sin importar que el dinero sea para fines personales o de negocios a las autoridades lo fiscalizan de origen.

La discrepancia fiscal existe cuando se realizan pagos o movimientos por una cantidad mayor al que se supone que declaramos ante las autoridades, por lo que al obtener la factura al momento del pago es irrelevante para fines de fiscalización, en el caso de que el gasto sea deducible de acuerdo a las actividades de la persona física o moral, se tiene la facilidad de obtener la factura de inmediato, de lo contrario no afecta a la hora de registrar el gasto en la contabilidad.

Aquí lo realmente importante, radica en cuidar el dinero que metemos a la tarjeta o cuenta bancaria que corresponda con los ingresos declarados y corresponda a una factura emitida como indican las autoridades fiscales.

En caso de que el contribuyente se encuentre en discrepancia fiscal, lo que se hará es calcular y cobrar las contribuciones de dichos ingresos omitidos y poner una multa correspondiente. Lo que recomendamos es revisar la situación fiscal que tenemos de por lo menos 5 años hacia atrás y regularizar nuestra situación.

Cabe hacer la aclaración que todos los tarjetahabientes tienen un RFC, sean amas de casa, empleados, estudiantes, pensionados, etc. incluso quienes no realicen una actividad remunerada (es decir que cobren por un trabajo).

Según las autoridades los que están obligados a inscribirse en el RFC son quienes expiden facturas o comprobantes por operaciones que realizan y por ende están obligados a presentar su declaración correspondiente por los ingresos que reciben, también las personas físicas que tienen cuentas bancarias o cuentas de ahorro.

Al momento de acudir a abrir una cuenta bancaria proporcionamos datos como nombre, identificación, domicilio, etc. La institución bancaria, tiene la obligación de remitir estos datos al SAT para la validación de su RFC y si no está inscrita, lo inscribe, esto ya existía no son cambios derivados de las Reformas Fiscales.

Las Reformas tienen el objetivo de combatir y reducir la evasión fiscal, por lo tanto, las autoridades fiscales estarán mucho más pendiente en tiempo real de que cada contribuyente cumpla con sus obligaciones fiscales y al primer incumplimiento hay una consecuencia inmediata, incluso cancelación del sello digital sin aviso previo, hasta que el contribuyente se ponga al corriente. La misma pena, aplica cuando no coinciden los ingresos que declaramos con los que facturamos.

Todos los contribuyentes debemos cumplir adecuadamente con nuestras obligaciones fiscales, la prevención es la mejor defensa, es por eso que les recomendamos acercarse a asesores fiscales actualizados y preparados de preferencia equipos multidisciplinarios, que cuenten además de contadores, con abogados y expertos en lavado de dinero quienes podrán ofrecerte un mejor panorama preventivo para evitar dolores de cabeza o sanciones fuertes.

Terán Rojas y Asociados

Correo: inquire@teranrojas.com

 Este artículo fue escrito por equipo editorial de la firma Terán Rojas & Asociados . Usted puede encontrar más artículos y seminarios en www.teranrojas.com. Este artículo es propiedad de TR & Associates y su reproducción requiere el consentimiento por escrito del autor, que tiene los derechos de este trabajo. Copyright 2020. Este artículo es una explicación general de las cuestiones fiscales vigentes en el momento de la publicación. “Dicho artículo puede ser contraria a la interpretación de las autoridades fiscales”. Para cada caso particular recomendamos obtener información escrita de las responsabilidades fiscales aplicables de su caso.