Si tu respuesta ha sido un SI a alguna de las dos situaciones, te damos a conocer las obligaciones que deberás cumplir.
Primeramente, debemos de entender
¿Qué es el RNIE?
En México existe una dependencia gubernamental que, desde el año de 1993, se ha encargado de regular y canalizar la inversión extranjera de tal forma que ésta contribuya al desarrollo nacional, a dicha autoridad se le denomina Registro Nacional de Inversión Extranjera.
Se encarga de llevar un control estadístico de todos los extranjeros que invierten en México, ya sea mediante de sociedades mexicanas, fideicomisos o directamente como personas físicas que realicen alguna actividad mercantil.
Glosario:
Los tres principales conceptos que debemos de tomar en cuenta para la interpretación y análisis de las obligaciones que detona el RNIE:
Actividad mercantil. Se entiende a las actividades reconocidas por las legislaciones mexicanas como es el código de comercio. Las más comunes para nuestra región son: las actividades de bienes raíces (inmobiliarias), las empresas de turismo (hoteles, casa de huéspedes, hostal, etc.,) las actividades del sector primario como es la agricultura, ganadería, pesca, etc.
Fideicomiso en zona restringida. Este es el contrato mediante el cual un extranjero “adquiere” en México, como beneficiario de los derechos de uso de un bien inmueble, y el cual es administrado por una institución fiduciaria quien por ende es el responsable ante el RNIE.
Sociedades mexicanas. Se entiende a las sociedades mexicanas constituidas bajo las leyes mexicanas tanto de carácter mercantil y civil. Ejemplo:
- Sociedades Anónimas
- Sociedades de Responsabilidad Limitada
- Sociedades Civiles
- Asociaciones Civiles *
*Las entidades con fines no lucrativos, la autoridad ha decidido apegarse a la normatividad internacional y no requerirlas a cumplir con las obligaciones que a continuación detallaremos.
¿Quiénes están obligados a presentar trámites ante el RNIE?
1) Persona física extranjera con actividad lucrativa en México y/o miembro de una sociedad mexicana.
2) Representante legal de persona física o moral extranjera o de sociedades mexicanas con inversión extranjera en su capital social
3) Delegado fiduciario.
4) Fedatario público.
Obligaciones ante el RNIE.
Al momento de formar parte de una sociedad mexicana, fideicomiso o persona física con actividades lucrativas, en ese momento se detona la obligación de inscribirse al Registro Nacional de Inversión Extranjera.
Cabe aclarar que esta obligación no es de carácter fiscal, sólo informativa.
Éstas son las 4 secciones en las que cataloga el RNIE:
Consideraciones de cada aviso:
Penalidades:
Las penalidades por el no cumplimiento de alguna obligación anteriormente mencionada van desde los $2,450 pesos hasta los $403,000 pesos, aun y cuando el obligado cumpliera fuera de los plazos la multa procedería y se tendría que cubrir al mismo tiempo que se cumple con la obligación.
Conclusiones
Es necesario tomar conciencia de la importancia que tiene esta obligación informativa, ya que además de cumplir con la autoridad, nos sirve de apoyo para conocer y analizar el estado de nuestra inversión por rango de periodos.
En TR&A te asesores al respecto y te ayudamos con la presentación de los avisos correspondientes. Nuestros medios de contacto son:
Teléfono: +52 (322) 209 1416, (311) 258 4177
Correo: info@teranrojas.com
C.P.C. | M.F. Jorge Cadena
Socio – Consultor
Teran Rojas & Associates.
Este artículo fue escrito por Jorge Cadena. Usted puede encontrar más artículos y seminarios en www.teranrojas.com. Este artículo es propiedad de TR & Associates y su reproducción requiere el consentimiento por escrito del Sr. Cadena, que tiene los derechos de este trabajo. Copyright 2018. Este artículo es una explicación general de las cuestiones fiscales vigentes en el momento de la publicación. “Dicho artículo puede ser contraria a la interpretación de las autoridades fiscales”.Para cada caso particular recomendamos obtener información escrita de las responsabilidades fiscales aplicables de su caso.